AMPLIACION DENUNCIA

AMPLIACIÓN DENUNCIA A la FISCALÍA ANTICORRUPCIÓN Rafael Rosselló Cuervas-Mons, Capitán de la Marina Mercante, mayor de edad, con domicilio a efecto de notificaciones en calle Cuarzo, 45 Riviera del Sol 29649 Mijas, con DNI 31.204.362D y con Mail rossellocm56@gmail.com ante este Organismo comparece y como más procedente resulte en Derecho DIGO Que me dirijo a esta Fiscalía para ampliar y matizar mi denuncia contra Don Antonio Armas Fernández y de las personas físicas y jurídicas que hayan podido intervenir en estos actos que paso a detallar, así como hago la rectificación del presidente y propietario del Grupo Naviero al que me referí en la denuncia como Antonio Armas Curbelo, cuando el nombre real es Don Antonio Armas Fernández. Según nuestro CP Capítulo VII bis, Artículo 259 1. Será castigado con una pena de prisión de uno a cuatro años y multa de ocho a veinticuatro meses quien, encontrándose en una situación de insolvencia actual o inminente, realice alguna de las siguientes conductas: 1.ª Oculte, cause daños o destruya los bienes o elementos patrimoniales que estén incluidos, o que habrían estado incluidos, en la masa del concurso en el momento de su apertura. En este aspecto, no cabe la menor duda que el Grupo conocido como Armas Trasmediterránea “vació activos de Trasmediterránea antes de pedir el rescate de 100 millones de euros a la SEPI causando, por otra parte, posibles perjuicios a terceros acreedores de abultadas deudas de este conglomerado naviero. Artículo 259 bis. Los hechos a que se refiere el artículo anterior serán castigados con una pena de prisión de dos a seis años y multa de ocho a veinticuatro meses, cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias: 1.ª Cuando se produzca o pueda producirse perjuicio patrimonial en una generalidad de personas o pueda ponerlas en una grave situación económica. 2.ª Cuando se causare a alguno de los acreedores un perjuicio económico superior a 600.000 euros. En este caso ambos supuestos se cumplen, ya que los actos que se han sucedido perjudican directamente a los empleados del Grupo Naviero y a los acreedores. Pero si ahondamos aún más, el Artículo 260. 1. Será castigado con la pena de seis meses a tres años de prisión o multa de ocho a veinticuatro meses, el deudor que, encontrándose en una situación de insolvencia actual o inminente, favorezca a alguno de los acreedores realizando un acto de disposición patrimonial o generador de obligaciones destinado a pagar un crédito no exigible o a facilitarle una garantía a la que no tenía derecho, cuando se trate de una operación que carezca de justificación económica o empresarial Y es que en este caso los hechos han acaecido de la siguiente manera: Como ya expliqué en la denuncia la adquisición de Trasmediterránea por el Grupo Armas presentaba claras evidencias de que, por la situación financiera que atraviesan, tanto el vendedor como el comprador, pudiese tratarse de un PROYECTO DE QUIEBRA FRAUDULENTA tal y como denuncié en su día a esta Fiscalía. Pues bien, algo más de dos años después de mis denuncias, y aprovechando la crisis del “Covid19”, a principios de mayo de este año, varios medios de comunicación, entre ellos la prestigiosa revista Puertos y Navieras, con fecha 14 de mayo se hace eco de un préstamo de 55 millones de euros que se le hace entrega a la naviera más una ayuda de 5 millones mensuales, eso sin contar otro préstamo de 75 millones que le otorgó en agosto. Mientras que todo esto ocurría, el 11 de junio de 2020 se constituye otra nueva naviera, Armas Trasmediterránea Factoring, SL B01612662 cuyo Administrador único es Don Antonio Armas Fernández y que dota con un capital social de 151 millones de euros, y que, según afirma OK Diario, traspasa parte de la flota, la que está más nueva y sin cargas, hecho que evidentemente perjudica a terceros. Tal es así, que uno de sus acreedores embarga uno de sus buques, el “Ciudad de Palma” que el propio Juzgado de lo Mercantil 7 de Barcelona tiene que liberar porque lo había traspasado a esta ora nueva naviera. Indiscutiblemente, podríamos hablar de un posible DELITO DE ALZAMIENTO DE BIENES o FRUSTRACIÓN DE LA EJECUCIÓN. Pero es que hay más, el 5 de noviembre, y según aparece en prensa, ONDA FUERTEVENTURA y EL PAÍS, el grupo Armas se declara en quiebra y el día 18, trece días después, alegando INTERÉS GENERAL, pide otro préstamo de 100 millones de euros al SEPI. Si nos centramos en el embargo del Ciudad de Palma y la nueva naviera ARMAS TRASMEDITERRÁNEA FACTORING, S.L, nos encontramos con otro detalle que podría ser constitutivo de delito, ya que no sólo traspasa los buques mejores del Grupo a esta nueva naviera, sino que podría tratarse de una estrategia fraudulenta y en perjuicio de terceros al convertir, con esta “ingeniería societaria”, un crédito subordinado en uno privilegiado, Es decir, supongamos que Don Antonio Armas obtuviese un nuevo crédito de un fondo como "Apollo" de unos 75 millones de euros y que éste, el Fondo, exigiera preferencia como garantía. Podría ser que apareciese ante terceros como un crédito subordinado, pero en realidad fuese un crédito preferente, ya que realmente sería el único acreedor de esta nueva naviera donde ha traspasado capital y buques. Por todo ello SUPLICO A LA FISCALÍA Que a tenor de lo previsto en el Artículo 264 de la LEcrim, tenga por presentado este escrito y en virtud de lo expuesto tenga por formulada denuncia contra los responsables de estos hechos por si pudiesen ser constitutivos de delitos de INSOLVENCIA PUNIBLE, FRAUDE, ALZAMIENTO DE BIENES y FALSEDAD DOCUMENTAL En Mijas a 6 de diciembre del 2020 Rafael Rosselló Cuervas-Mons. Envío denuncia y esta ampliación también por correo administrativo, certificado con acuse de recibo

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